Si tributas en el régimen de sueldos y salarios, y este año tuviste ingresos menores a 400,000.00 pesos y/o recibiste ingresos solamente por salarios de un solo patrón, tienes la opción de presentar tu declaración anual, y tener así la posibilidad de ser acreedor a una devolución de ISR, aquí te explicamos los pasos a seguir.
Asegurarse de tener los documentos necesarios
El primer paso es asegurarte de tener a la mano los documentos necesarios para llevar a cabo este trámite. Para empezar, debes reunir los comprobantes de tus deducciones personales, ¿aún no sabes cuáles son los gastos que puedes incluir en tus deducciones personales? Te invitamos a leer este artículo sobre el tema. Otra información y archivos que requerirás para llevar a cabo este proceso son: RFC, Contraseña del RFC, y tu e.Firma (FIEL), si aún no cuentas con ellas, te recomendamos acudir a tu subdelegación del SAT más cercana y tramitarlas antes de que se acerque el final del año.
Escrito libre al retenedor (patrón)
Debes hacerle saber a tu empleador que tú serás quien presente tu declaración anual para el año en cuestión. Para esto deberás entregarle un escrito libre a más tardar en el mes de diciembre, avisándole que serás tú quien se encargará de presentar al SAT tu cálculo anual, y evitando así que tu empleador lo haga por ti. En este link te ofrecemos una plantilla gratuita de este escrito.
Constancia de percepciones (Actualizado para 2018)
A diferencia de ejercicios anteriores, para tu declaración anual de 2018 no podrás contar con la constancia de percepciones emitida por tu empleador, ya que la obligación de presentar la declaración informativa de sueldos y salarios fue derogada por el SAT. Por lo que ahora deberás contar con tus CFDI de nómina, mismos que son emitidos por tu empleador cada vez que te realiza un pago de sueldos. Adicionalmente pueden consultarlos en la plataforma del SAT.
Cálculo de impuestos
Una vez que tengas en tu posesión los comprobantes de gastos deducibles del año 2018, así como tu acumulado de nómina del mismo año, será momento de iniciar con el procesamiento de la información, calculando así el estimado de devolución de ISR correspondiente.
Presentación de la declaración anual
Ya teniendo este estimado, es cuestión de esperar a que se habilite la opción para presentar tu declaración en el sistema “Asalariados” del SAT (en el mes de abril 2019 aproximadamente), e ingresar los datos obtenidos en el cálculo de la declaración anual. Se recomienda solicitar a tu banco con anticipación un estado de cuenta del mes anterior (marzo 2019), para tener los datos bancarios actualizados en caso de tener un saldo a favor.
Aprobación o rechazo de la devolución
En caso de que todos los datos se encuentren en orden, y el SAT no requiera información extra, en un máximo de 5 días se realizaría el depósito correspondiente a la devolución solicitada en la cuenta de banco proporcionada al momento de presentar la declaración. En caso de que el SAT presente un requerimiento, el contribuyente tiene 20 días hábiles para responder a las observaciones realizadas por el SAT, una vez presentadas estas aclaraciones, el SAT tiene 20 días hábiles para hacer las revisiones correspondientes, sí en esta ocasión todo está en orden, será sólo cuestión de esperar a que el recurso sea aprobado y liberado, para ser depositado en la cuenta de banco del contribuyente.
Cabe recalcar que requerimientos comunes por parte del SAT son la presentación de todos los recibos de nómina del año correspondiente a la devolución, así como estados de cuenta donde se reflejen los depósitos de los pagos de nómina. El no contar con estos documentos podría causar el rechazo de la devolución solicitada.
Desert Emporio pone a su disposición nuestros servicios de asesoría en el tema, así como el servicio de procesamiento de información y presentación de su declaración anual. Quedamos a su disposición en nuestra página de contacto.
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hola, si cambié de patrón durante el año fiscal y no tengo comprobantes de nómina ni comprobante bancario de depósito, afectará de alguna manera el proximo año al momento de hacer mi declaración?
Hola María,
Si el patrón emitió los CFDI de nómina de manera correcta, no debería de haber problema. Te recomendamos también poner atención en los totales exentos que se declaren por los distintos patrones, ya que los límites que el SAT permite son por contribuyente (empleado) y no por patrón, lo anterior te podría ocasionar el tener un saldo a pagar en tu declaración anual.
Saludos.
SOLICITE MI SALDO A FAVOR DE $ 45000 PESOS YA QUE SOY DR. DE UN HOSPITAL Y MIS RETENCIONES FUERON SUPERIORES A MI IMPUESTO ANUAL, HICE LA DEDUCCION DE UN GASTO MEDICO MAYOR DE MI HIJO LA CUAL PAGUE CON TC Y SOLO ME RESOLVIERON $ 2,101 PESOS QUE TENGO QUE HECER PARA QUE ME DEVUELVAN LA DIFERENCIA, O EN QUE SE BASARON PARA SOLO AUTORIZAR ESA CANTIDAD YA QUE EL CALCULO FUE PROPUESTO POR EL MISMO SAT.
Que tal C.P. Marrufo,
Nuestra recomendación es que busque la Resolución de Devolución emitida por parte de la Autoridad. La Resolución anterior puede ser recibida de tres formas, por medio de un notificador, por medio del Buzón Fiscal o acudiendo directamente a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) que le corresponda. En dicha resolución puede consultar los criterios que llevaron a la Autoridad a determinar dicho monto.
Saludos.
necesitas que se te verifique el calculo y posteriormente presentar la solicitud de devolución en el portal del sat: anexando la documentación de la deducción personal y el estado de cta de la clave.
Buen dia, es motivo de rechazo una factura de honorarios medicos, donde el metodo de pago: dice credito y cuenta de pago: no identificado? fue emitida en enero 2016.
Buen día Alfredo,
Según lo que comenta, si el método de pago fue realizado con Tarjeta de Crédito, no debe existir problema.
Saludos.