RESICO para emprendedores

Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO):  Una opción para ahorrar tiempo y dinero en trámites tributarios

¿Eres un emprendedor en México y quieres simplificar tus trámites tributarios? Conoce el Régimen Simplificado de Confianza y descubre cómo puede ayudarte a ahorrar tiempo y dinero.

Qué es el Régimen Simplificado de Confianza:

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una opción tributaria para pequeños contribuyentes en México. Este régimen está diseñado especialmente para simplificar los procesos tributarios y reducir la carga administrativa para el emprendedor que está iniciando su emprendimiento o que ya tiene un negocio en marcha. De esta manera, el RESICO puede ayudar al emprendedor a ahorrar tiempo y dinero en trámites contables y fiscales.

Quiénes pueden tributar en este Régimen:

El RESICO está disponible para personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o que den en uso temporal bienes (arrendamiento de bienes). Si tienes ingresos propios de estas actividades que no superan los 3.5 millones de pesos en el año inmediato anterior, o si comienzas a realizar alguna de estas actividades y crees que tus ingresos anuales no superarán este límite, puedes optar por el RESICO. Es importante tener en cuenta que solo puedes usar el RESICO si cumples con ciertos requisitos, de los cuales hablaremos más adelante.

Por qué el RESICO te puede ahorrar tiempo y dinero

A diferencia de otros regímenes fiscales, la plataforma para presentar declaraciones de RESICO automáticamente coteja tus facturas emitidas y recibidas, así como tus recibos electrónicos de pago, y te arroja una recomendación de reconocimiento de ingresos del periodo, calculando prácticamente de manera automática el impuesto a pagar.

Además, algunas veces es menor el pago de ISR en este régimen debido a que sus tasas efectivas son considerablemente más bajas que otros regímenes, las tasas de ISR del RESICO van desde el 1% hasta el 2.5%, dependiendo de la totalidad de tus ingresos. La desventaja en este punto es que siendo RESICO no puedes deducir tus gastos, y estas tasas serán aplicadas sobre la totalidad de tus ingresos.

Cabe destacar que el cálculo mensual del IVA se realiza de manera similar a cualquier otro régimen, en este punto no existen diferencias.

Quiénes NO pueden tributar en este Régimen:

No pueden ingresar al Régimen Simplificado de Confianza:

  • Los contribuyentes que excedan el límite 3.5 millones anuales;
  • Sean socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de la Ley del ISR;
  • Sean residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país.
  • Cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes;
  • Perciban los ingresos a que se refieren las fracciones III, IV, V y VI de la Ley del ISR, esto se refiere a percibir ingresos por:
    • Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.
    • Los honorarios a personas que presten servicios preponderantemente a un prestatario, siempre que los mismos se lleven a cabo en las instalaciones de este último.
    • Por los ingresos por trabajo subordinado cuando previamente se indicó que se deseaba tributar como asalariado (este punto se refiere solo a los ingresos por sueldo, se pueden tener ingresos por otra actividad económica y esta sí pertenecer al RESICO).

También aquellos que hayan dejado de tributar en el RESICO por incumplir sus obligaciones fiscales ya no podrán volver a usar este régimen. Si te encuentras en estos supuestos, no podrás usar el RESICO y tendrás que pagar tus impuestos de acuerdo a otras disposiciones.

Razones por las que se dejará de tributar en este Régimen:

Una vez siendo RESICO, si caes en alguno de los siguientes supuestos, deberás actualizar tus actividades y cambiar de régimen:

  • Porque tus ingresos excedan los 3.5 millones de pesos de ingresos en el año.
  • Porque no se hayan expedido facturas por ingresos recibidos, ya sea por una parte o el total de ellos (es tu obligación emitir factura por la totalidad de tus ingresos, ya sean en efectivo u otro método).
  • Por no presentar la declaración a tiempo en abril del ejercicio fiscal inmediato siguiente.
  • Omitir tres o más pagos mensuales en un año te dejarán fuera del  RESICO.

Si dejas de usar el RESICO por incumplir tus obligaciones fiscales, nunca podrás volver a usarlo. Sin embargo, si excediste el límite de ingresos pero cumples con tus obligaciones fiscales y entregas tus declaraciones a tiempo, podrás volver a usar el RESICO en el futuro. Es importante tener en cuenta que el SAT (Servicio de Administración Tributaria) puede asignar al emprendedor el régimen que le corresponda, sin necesidad de una solicitud por parte del contribuyente.

Conclusión

En resumen, el Régimen Simplificado de Confianza es una excelente opción para el emprendedor que quiera simplificar sus trámites tributarios y reducir la carga administrativa. Si cumples con los requisitos y no excedes el límite de ingresos, puedes optar por el RESICO y beneficiarte de sus ventajas. No obstante, es importante recordar que si dejas de cumplir con tus obligaciones fiscales o excedes el límite de ingresos, ya no podrás seguir tributando en el RESICO y tendrás que usar otro régimen.

Te recomendamos asesorarte con un profesional contable/fiscal para empezar a tributar en este régimen y comenzar tu vida fiscal de una manera planeada y ordenada, para evitar contratiempos en tu negocio en el futuro.

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