IMSS RIF

Soy RIF, ¿qué pasa si no pagué a tiempo el IMSS?

El día de hoy en nuestra sección Soy RIF, vamos a resolver una duda muy frecuente entre nuestros clientes y lectores, “soy RIF y cuento con el subsidio en las cuotas del IMSS, ¿qué pasa si no pagué a tiempo la línea de captura?”, a continuación aclaramos esta duda.

Antes de continuar, te recomiendo la lectura de la nota Subsidio del 50% en Cuotas Obrero Patronales (IMSS) para RIF, así como Beneficio en el IMSS “Crezcamos Juntos” para Régimen de Incorporación Fiscal, preguntas frecuentes  para que puedas analizar a mayor profundidad el tema.

¿Qué pasa si no pagué a tiempo mi línea de captura?

Recordemos que los contribuyentes del RIF que cuenten este beneficio, deberán realizar sus pagos mediante línea de captura que descargarán directamente desde el portal SIPARE (Sistema de Pago Referenciado) de manera bimestral.

Ahora, ¿qué pasa si no realicé el pago antes de la fecha de vencimiento? 
Para dar respuesta, debemos ir a lo que señala el artículo noveno del decreto, “Motivos por los que se dará por terminado el otorgamiento del subsidio”, en su fracción III:

“III. Cuando el patrón persona física deje de cubrir las contribuciones de seguridad social, en los periodos establecidos en el presente Decreto.”

Por lo anterior, en el caso de los patrones que tributen dentro del RIF y cuenten con los beneficios del Régimen de Incorporación a la Seguridad Social, perderán el derecho a dicho beneficio, así que, a partir de ese momento, deberán realizar el pago de sus cuotas de manera normal, esto es, deberán realizar sus pagos de IMSS de manera mensual y de INFONAVIT cada bimestre, como lo estipula la Ley.

Para realizar el pago posterior al vencimiento, el patrón deberá determinar sus cuotas mediante el uso del programa SUA, en el cual tendrá que dar de alta su perfil como patrón y registrar a cada uno de sus trabajadores. 

Ya que cuente con el perfil completo, deberá dirigirse al apartado de cálculo, en el que realizará el procedimiento dentro del pago extemporáneo, debiendo realizar el cálculo del mes impar inicialmente, posterior determinar las cuotas del mes par. Por ejemplo: “olvidé pagar la línea de captura del bimestre julio – agosto 2019 que venció el 17 de septiembre, primero calcularé el pago extemporáneo del mes de julio 2019 y  posteriormente el del mes de agosto 2019, por lo que tendré dos líneas de captura, una por cada mes”, con lo que daré cumplimiento a mis obligaciones obrero patronales de manera normal.

¿Ya no se generará mi línea de captura de manera bimestral?

Debido a que el IMSS no actualiza su sistema de manera inmediata, automáticamente el sistema va a generar tus líneas de captura de manera bimestral, lo cual no indica que sea lo correcto, es solo que el Instituto no ha hecho las correcciones correspondientes. Por lo anterior, te recomendamos continúes realizando los cálculos para el pago de tus cuotas mensuales en el programa SUA, lo cual evitará que en un futuro el IMSS y el INFONAVIT te determinen diferencias en las cuotas y realice sus facultades de cobro, lo que te traerá las siguientes consecuencias:

  • Pago de las diferencias en las cuotas;
  • Pago de la multa por la omisión de cuotas (40% sobre el importe de las cuotas no pagadas);
  • Recargos;
  • Actualizaciones;
  • Honorarios de notificación.

Cómo podemos observar, la principal consecuencia es en el tema económico, lo que hará que terminemos pagando una cantidad mayor que si realizamos las aportaciones de manera correcta desde que no realizamos el pago oportuno. Por lo que te invitamos estar atento a esta situación y prevengas contingencias futuras.

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comment 33 comentarios
  • Irineo ramirez ma. Remedios

    Buenas tardes tengo una duda si no pague mi recibo del imss que se vencia el 17 de noviembre puedo pagarlo en los diad siguientes o me llegara todo lo de los dos meses pata el siguiente mes?

    • José Martínez

      Buenos días Irineo,

      Le agradecemos mucho la lectura de nuestra nota. En este caso debería generar su pase mediante la app SUA (Sistema Único de Autodeterminación) del IMSS, en la cual deberá generar dos pases para pago, uno por cada mes, esto debido a que no recibirá en el futuro el pase acumulado. Tenga en cuenta que la falta de pago de una línea de captura es motivo de baja del beneficio del RISS según el propio decreto, le recomendamos consultar a su contador para que le apoye con la generación de los pases, así como evaluar los siguientes pasos.

      Saludos.

  • Fernando

    Buenas noches , espero me pueda contestar, mi problema es que soy rif tengo beneficios de riss, por lo tanto empezamos en enero-febrero con el riss , el imss a pagar de mis empleados por enero y febrero se vencen hasta el 17 de marzo, entonces el problema es que yo tome beneficios del riss para mi como patrón pero pensé que se pagarían hasta el 17 también , entonces resulta que se me venció el 25 de febrero , por lo tanto tengo vencido el pago del imss con los beneficios pra mi pero ya no puedo descargarlo mediante escritorio virtual , ni por sipare ni por sua , ninguna opción me funciona , que puedo hacer para obtener la línea de captura vencida ?

    • José Martínez

      Buenos días Fernando,

      En su caso en particular le recomiendo acudir directamente a la subdelegación que le corresponda, ya que su trámite es especial y tiene que ser asistido por el personal del propio instituto.

      Saludos.

  • jose alfredo de jesus mejia

    Hola buenas tardes, soy RIF.
    Mi contadra no pago varios bimestres, por ello se sumo una cantidad poco alta.
    La pregunta es, puedo realizar los pago en parcialidad, para saldar lo adeudo.

    • José Martínez

      Buenos días José,

      Puede acudir a solicitar un convenio de pago en la subdelegación que le corresponda, de es manera tendría la opción de regularizarse con el pago de cuotas.

  • Elizabeth Ochoa

    Hola! Buenas noches, estoy en el régimen del RIF,pero por problemas deje de pagar el IMSS y el Infonavit en el 2016, mi pregunta es podré activarlo nuevamente?

    • José Martínez

      Buenas tardes Elizabeth,

      Si puede realizar una reactivación, sin embargo, deberá pagar las cuotas que quedaron pendientes para no tener problemas con el Instituto.

      Saludos.

  • Jesus Miguel

    Hola, soy RIF … no me llegan mis lineas de captura para el pago del imss, a donde puedo solicitarlas ? intente ingresar al SIPARE sin embargo no tuve exito, en la subdelegación me apoyan a darme un usuario y contraseña para que pueda accesar ? otra duda, necesito descargar el SUA o no es necesario ….

    • José Martínez

      Hola Jesús,

      Es correcto, si no puede concluir su registro en el portal SIPARE, en la subdelegación que le corresponda le pueden apoyar con el proceso para otorgarle su usuario y una contraseña. Por otro lado, si está adherido al beneficio del subsidio en el pago de cuotas, no es necesario descargar el SUA, ya que el pago lo debe realizar directamente con el pase a caja generado en SIPARE.

      Saludos.

  • Norma

    Soy RIF y un trabajador me trajo una incapacidad por enfermedad general, como le puedo hacer para pagar mi IMSS y meter o deducir esa incapacidad?

    • José Martínez

      Hola Norma,

      Si cuenta con el beneficio para el pago de las cuotas, usted deberá realizar el pago normal con la línea de captura obtenida en SIPARE, posteriormente, tendrá que solicitar ante el IMSS una devolución por pago de lo indebido, para que le regresen el dinero que pagó de más.

      En caso de no contar con el subsidio, puede realizar la determinación desde la aplicación SUA para incluir la incapacidad que su trabajador le entrego.

      Saludos.

  • Maria

    Hola buenas tardes, tengo una modificación que entro en el mes de diciembre pero no me salio en mi sipare porque se metio en el primer dia de enero, que puedo hacer para cambiarla y que me calcule con la modificación.

    • José Martínez

      Hola María,

      Nos pudiera compartir que tipo de modificación se presentó?

  • Adriana Ramírez

    Buen día soy RIF que apenas inicie operaciones en Julio, no sabia del beneficio del RISS y olvide pagar en Octubre, quiere decir que ya perdí los beneficios?, y otra pregunta si debo pagar septiembre y Octubre pero yo ya había pagado Septiembre por no saber del beneficio, que hago en mi caso?

    • José Martínez

      Hola Adriana,

      Para poder analizar más a fondo su comentario, le pediría apoyo para darnos más detalles, ¿usted solicito la adhesión al RISS? ¿realizaba sus pagos de manera mensual o bimestral?

  • Luis Jose

    Buenos días
    Un RIF olvido pagar el 5 bimestre 2020 y entiendo lo siguiente:
    Se tiene que generar un pago con el mes de Septiembre (Mensual) y otro con el mes de Octubre (Bimestral) y pagar esas dos líneas de captura y ambas de manera extemporanea.
    ¿Es correcto como lo voy a hacer?
    Gracias quedo a la espera de sus comentarios.
    Saludos.
    Buen día.
    Dios lo bendiga.

    • José Martínez

      Hola Luis,

      Es correcto como lo plantea, así se debe realizar.

      Saludos.

  • Santa

    Buen día, he revisado y tengo algunas dudas, respecto a el beneficio RISS tengo dos empleados dados de alta pero según entiendo son 24 meses que debieron estar sin estás prestaciones para obtener el beneficio en mi casa uno no tenía seguro durante el periodo en el que yo di de alta cumpliendo con lo establecido, después fue inscrito en la empresa que laboro y ahora después de 6 meses sin contar con seguro social y trabajar conmigo lo he dado de alta, entonces mi pregunta es ¿Aún cuento con el beneficio o debo pagar imss de manera mensual?

    • José Martínez

      Hola Santa,

      Si no ha estado en los supuestos establecidos en el decreto para dejar el beneficio, usted deberá seguir realizando sus pagos de manera bimestral como se establece, a pesar de que sus empleados no cuenten con los requisitos para la disminución.

      Saludos.

  • ERNESTO DIAZ

    SOY CONTRIBUYENTE DEL RIF, UN PROVEEDOR ME RETUVO ISR, LO PUEDO DECLARA EN MI DECLARACION BIMESTRAL?

    • José Martínez

      Hola Ernesto,

      Claro, lo puede aplicar en el bimestre en el que se efectuó la retención.

      Saludos.

  • antonio

    soy rif, pago el imss bimestralmente con los beneficios, y se paga con lo emitido por el imss, pero en este bimestre hubo incapacidad pero en lo emitido por el imss no contempla la incapacidad, como realizar el calculo?

    • José Martínez

      Hola Antonio,

      Por regla del decreto, usted debe pagar la aportación como sale de SIPARE, una vez realizado el pago, debe presentar el trámite para solicitar la devolución de pago de lo indebido ante el Instituto, ya que al día de hoy no existe una forma de realizar cálculos para RIF.

      Saludos.

  • ELMER HOMERO *

    Buen día, muy buena información. Lástima que la encontré demasiado tarde. Para mí ha sido un martirio la contratación en linea del Seguro para trabajadores independientes (como mencionas el sistema tarda no días, sino hasta meses en actualizarse) y lo peor de todo es que tanto en oficina como en línea o por teléfono no te resuelven, uno te manda con el otro y así se pasan los días. Cada mes surge una situación tras otra. Y todo por estar al día tanto en el Sat como en el IMSS.

  • David

    Buen día;

    Tengo algunas:

    -Al realizar el registro patronal como RIF, ya puedo saber si estoy inscrito al programa crezcamos juntos? O debo ir obligatoriamente a la subdelegación a que me confirmen?

    -Cuando ya tenga confirmación de aceptación, debería de dar de alta a mi trabajador, si en el caso de que él no fuera aceptado, el descuento sería solamente por las cuotas patronales y no por las obreras?

    -El programa de crezcamos juntos no me da la posibilidad de atención médica como patrón y a mi familia, debo de inscribirme a la incorporación a la seguridad social? Y si es así, los pagos por este igual se harían en el sipare?

    -Por último, el pago de as cuotas son bimestrales, si se está inscrito al programa se realiza por el sipare, pero si no fui aceptado debo realizarlo por el sua? La manera que deba realizarse sería, por ejemplo las cuotas de enero y febrero que se pagan en marzo, en el sua las determino hasta el mes de marzo, enero como extemporáneo y febrero como oportuno? O debo realizar las dos como oportuno en el mes que se tengan que realizar?

    • José Martínez

      Buen día David,

      En respuesta a sus múltiples dudas le comentamos lo siguiente:
      – Si realiza el trámite electrónicamente, ahí mismo tendrá la respuesta, en caso de presentarlo presencial, deberá hacerlo por separado y esperar a que le den respuesta;
      – Si el trabajador no cumple con los requisitos no se le aplicaría el subsidio, por lo que se pagará la cuota normal;
      – Para tener los beneficios como patrón debe adherirse al régimen obligatorio, señalando que es beneficiario del RISS, mismos que se deben realizar de manera presencial en la subdelegación que le corresponda;
      – Es correcto, las cuotas del RISS se pagan bimestralmente mediante determinación de SIPARE, en caso de no ser aceptado se pagan de manera normal, determinando las cuotas en SUA, el pago extemporáneo aplica siempre que las cuotas no sean cubiertas al día 17 del mes que corresponda el pago, por lo que todas las cuotas pasado el día 17, deben determinarse como extemporáneo para que se calculen las actualizaciones y recargos correspondientes.

      Saludos.

  • WALTER

    HOLA SOY RIF, ME ACABO DE INSCRIBIR A IDSE Y DI DE ALTA UN TRABAJADOR, QUIERO PAGAR EL SEGURO PERO EN SIPARE NO PUEDO REGISTRARME ¿QUE TENGO QUE HACER? GRACIAS

    • José Martínez

      Que tal Walter,

      Para registrarse en SIPARE requiere tener a la mano su registro patronal y RFC en caso de ser RIF que cuenta con el beneficio del RISS, en caso contrario deberá tener a la mano la primer emisión realizada por el IMSS que le llegará por correo o en su caso el archivo de pago generado en SUA. Con lo anterior solo debe seguir las instrucciones del portal.

      Saludos.

    • Saul vera

      Hola, acude a la subdelegación que te corresponda con tu identificación, Tarjeta de indetificación Patronal para que:
      1 Te entreguen la orden de pago.
      2 Creen tu cuenta SIPARE y si hay que hacer gestiones, ahi te informan.

      • José Martínez

        Excelente aportación Saul, una opción para realizarlo de manera presencial.

    • Jose Colli

      Pudo registrarse en el SIPARE?

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