Una de las actualizaciones más relevantes presentadas por el SAT este 2017, es el Estímulo Fiscal para Personas Morales de determinación de impuestos por medio del método de flujo. Para acceder a este estímulo, es necesario presentar un aviso en el portal web del SAT, en el siguiente infográfico te mostramos cómo hacerlo.
Cabe recalcar que para las Personas Morales constituidas antes del 31 de diciembre de 2016, el día límite para la presentación de este aviso es el 31 de enero de 2017. Las Sociedades constituidas a partir del 1 de enero de 2017, tienen 30 días naturales para la presentación del mismo.
Quienes son elegibles para este estímulo
Las Sociedades que:
- Se encuentren constituidas únicamente por personas físicas,
- Sus ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de cinco millones de pesos.
Quienes inicien actividades y estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán de dicho límite si realizan operaciones por un periodo menor de 12 meses, podrán determinar el tope dividiendo sus percepciones entre el número de días que comprende el periodo y el resultado lo multiplicarán por 365 días.
Quienes no podrán aplicar el estímulo
Las Sociedades que:
- Dejen de aplicar el estímulo;
- Uno o varios de sus socios, accionistas o integrantes participen en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de la LISR;
- Realicen actividades a través de fideicomiso o asociación en participación
- Tributen conforme al Capítulo VI, del Título II de la LISR (régimen opcional para grupo de sociedades);
- Los socios, accionistas o integrantes hayan sido socios, accionistas o integrantes de otras personas morales que hayan aplicado el estímulo.