2% Nominas

Impuesto Sobre Nómina Sonora – Modificaciones relevantes 2020

Durante la última semana, se presentó una modificación a la Ley de Hacienda del Estado de Sonora, en la que, previa aprobación de la cámara de diputados, se efectuaron reformas al articulado de la misma, siendo el de mayor interés el concerniente al pago del 2% estatal sobre nóminas.

La modificación efectuada a la Ley de Hacienda del Estado de Sonora el pasado 31 de enero del presente año, primordialmente es referente al cálculo y pago mensual del impuesto sobre nóminas (mejor conocido como el 2% sobre nóminas), si bien es cierto, no se disminuyen los estímulos fiscales que se venían manejando, ni tampoco se modifica la tasa de impuesto, si se adiciona un párrafo al texto del artículo 218-bis-2, el cual señala lo siguiente:

“El otorgamiento de los beneficios en el pago del impuesto a que se refiere el presente artículo, no exime el pago del Impuesto para el Sostenimiento de las Universidades de Sonora y de la Contribución para el Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública ni las Contribuciones para el Fortalecimiento de la Infraestructura Educativa.”

Artículo 218-BIS-2, LEY DE HACIENDA DEL ESTADO – Vigente en 2020

Lo anterior podría impactar directamente en el total a pagar de cada contribuyente que tenga centros de trabajos en el Estado, toda vez que previo a dicha reforma, las contribuciones a los entes señalados se determinaba sobre el importe resultante ya aplicando los estímulos, pero con la adición del texto anterior, dichas aportaciones se calcularán sobre el total de los pagos realizados por conceptos de nóminas, llegando a representar un incremento real a pagar de por lo menos un 17% para una MiPyMe con un promedio de seis empleados y realizando pagos mensuales totales de $43,487.00 por los conceptos de nómina, pasando a pagar un impuesto mensual de $953.00 en 2020, en lugar del que venía pagando en 2019 por la cantidad de $814.00

Derivado de dicha modificación, a partir del pago correspondiente al mes de Enero de 2020, los contribuyentes podrán ver reflejado dicho incremento, por lo que les recomendamos tenerlo en cuenta.

chevron_left
chevron_right

Únete a la conversación

comment 4 comentarios
  • ANDRES G.

    formato,requisitos para registrar trabajador en impuesto sobre nominas

  • Enrique Valenzuela Vasquez

    El estimulo fiscal es aplicable mes por mes, pero que pasa si no pagastes algunos meses y se acumularon, por ejemplo de febrero a Agosto del 2020, mi pregunta es , tienes derecho a dicho estimulo, ó , aplica nada mas estando al corriente en tus pagos?

    • José Martínez

      Buen día Enrique,

      Para la aplicación del estímulo se debe estar al corriente con las obligaciones en la agencia fiscal, en caso contrario no se aplica

      Saludos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comentario
Nombre
Correo
Web